Proceso de Fundación
PROCESO DE FUNDACIÓN

- ESTATUTOS: Las Asociaciones de Padres de Familia se encuentran enmarcadas e instituidas de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República de Colombia, en especial la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1286 de 2005.
- QUÓRUM: La Asociación de Padres deberá constituirse con un número determinado de miembros, a esa cantidad se le denomina quórum y debe ser un porcentaje que represente mayoritariamente a la comunidad de padres del colegio. Para que las asambleas planeadas tengan validez se deberá contar con el quórum mínimo.
- NOMBRAMIENTOS: La Asociación de Padres deberá estar organizada y delimitada en sus funciones y cargos. Se elige una Junta Directiva Principal más la Suplencia. Estos nombramientos son de libre aceptación, es decir: nadie estará forzado a aceptar un cargo que no sea de su interés. El Comité Impulsor para la creación de la Asociación cuenta con la estructura básica legal para la fundación.
- FUNCIONES: En los estatutos se encuentra detallado el listado de funciones y responsabilidades que cada miembro deberá asumir en la Asociación. El Presidente, Tesorero, Secretario y demás cargos tienen actividades específicas para cada uno.
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